El CGPJ restringe las quejas contra jueces a las partes del procedimiento, en medio de la polémica por el juez Peinado

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado una reforma del reglamento de quejas contra actuaciones judiciales. La nueva norma reduce la legitimación para activar el procedimiento disciplinario: solo las partes vinculadas al procedimiento judicial en curso podrán presentar quejas. Quedan excluidos particulares y asociaciones, y se rechazarán de plano las denuncias anónimas o aquellas que resulten irrespetuosas o busquen revisar decisiones judiciales.
Esta modificación se alinea con la propuesta del Gobierno para limitar las querellas de las acusaciones populares. El reglamento, pendiente de informe de las asociaciones judiciales, se aprobó con un voto particular de las vocales Inés Herreros y Esther Erice. Ambas sostienen que choca con la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece un marco amplio de denuncias, y que impide actuar a terceros que conozcan posibles "disfunciones". A su juicio, proyecta una "imagen corporativa" y "opaca" del Poder Judicial al limitar el control externo.
La reforma se conoce en plena controversia por las numerosas quejas presentadas contra el juez Juan Carlos Peinado, instructor del caso abierto a Begoña Gómez. La comisión permanente del CGPJ debe estudiar cinco de ellas, que cuentan con un informe favorable al archivo. Entre las denuncias destacan las del ministro Félix Bolaños por el interrogatorio al que fue sometido como testigo en el Palacio de la Moncloa, y las de sindicatos policiales porque el juez sugirió que los agentes que escoltan a la esposa del presidente del Gobierno podrían ayudarla a fugarse.
Fuente: cadenaser.com · Visto en r/SpainPolitics